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Ingeniería 


Inspección Técnica de Edificios - ITE

La ITE es un tipo de mantenimiento legal preventivo, por el cual se somete periódicamente a los edificios a la revisión de una serie de elementos que afectan a la seguridad del inmueble y de las personas que lo habitan. Las ITE vienen reguladas por el Real Decreto-ley 8/2011 de 1 de julio y por las distintas Ordenanzas Municipales, que determinan las condiciones para las inspecciones.

La revisión de la ITE (Inspección Técnica de Edificios) es una revisión que busca localizar, evitar y solventar posibles deficiencias, vicios ocultos en la construcción o simples defectos producto del transcurso del tiempo que puedan ocasionar daños a los inquilinos o viandantes.

¿Cómo realizar la ITE? Para realizar la ITE debes contar con un técnico facultativo habilitado (arquitecto o arquitecto técnico), el cual realizará una visita al edificio para comprobar el estado del edificio y elaborar un informe. El informe debe ir visado y registrado en la Gerencia de Urbanismo del Municipio.

¿Qué pasa si no se pasa la ITE?
No cumplir los plazos estipulados para la presentación de la ITE puede conllevar sanciones. Cuando un edificio no pasa la ITE las sanciones que dependerán de las ordenanzas municipales de cada Ayuntamiento, pero que podrían llegar a los 6000€, según consecutivas multas coercitivas de 1000, 2000 y 3000€.

La ITE es obligatoria en edificios de 50 años o más de antigüedad. Esto es así porque está demostrado que es un momento a partir del cual es más probable que el edificio haya sufrido daños que pongan en peligro a las personas que viven en él. Después, debe pasar la inspección una vez cada 10 años.

Los gastos derivados de la inspección técnica de edificaciones correrán a cargo del propietario o propietarios del inmueble y su precio estará determinado por el tamaño del edificio a inspeccionar o por la dificultad para evaluar algunos aspectos de la ITE edificios.

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